EDITORIAL MISC
Desde el oficialismo se plantea una visión optimista. Funcionarios como la secretaria de Pesca de Santa Cruz, Selsa Hernández, ven en el decreto una oportunidad para dinamizar la actividad portuaria local, atraer inversiones extranjeras y reducir los costos logísticos que afectan a la producción nacional, especialmente en sectores como la pesca. La desregulación, en este marco, aparece como un atajo hacia la competitividad global.
Sin embargo, los argumentos críticos —que encabezan representantes gremiales y diputados como Gustavo “Kaky” González— revelan los graves riesgos que esta medida conlleva. En primer lugar, el DNU introduce un régimen de “servicios mínimos obligatorios” que restringe el derecho de huelga en sectores calificados como “esenciales” o “de importancia trascendental”. La amplitud de estas categorías, sumada a la falta de precisión en sus definiciones, deja abierta la puerta a interpretaciones discrecionales que podrían vaciar de contenido un derecho constitucional. No se trata de negar la necesidad de continuidad en ciertos servicios, sino de alertar sobre los excesos de un esquema que prioriza la circulación económica por sobre la justicia social.
Por otro lado, la apertura del cabotaje a buques y tripulaciones extranjeras plantea un escenario de competencia desigual que amenaza directamente al empleo argentino. En un país con altos índices de desocupación, permitir el ingreso de embarcaciones foráneas sin exigir paridad de condiciones laborales ni cláusulas de empleo local representa un retroceso en materia de protección del trabajo nacional. La promesa de nuevos empleos por “derrame” resulta frágil si no se implementan políticas activas para la reconversión laboral y la sostenibilidad del empleo local.
Y quizás el punto más sensible —y menos debatido— es el que refiere a la soberanía. La marina mercante no es una industria más: es parte de la infraestructura estratégica del país. El control del transporte de mercancías entre puertos nacionales no solo es una cuestión económica, sino también geopolítica. Renunciar a ese control en nombre de la eficiencia comercial puede generar consecuencias irreversibles para el desarrollo nacional y la defensa de los intereses propios.
En síntesis, el DNU 340/2025 avanza sobre tres pilares fundamentales de un Estado soberano: el trabajo, la soberanía y el derecho a la protesta. Si bien el crecimiento económico es un objetivo legítimo, no puede alcanzarse a cualquier costo. La competitividad basada en la precarización, la flexibilización de derechos y la cesión de soberanía no es desarrollo: es subordinación.
Lo que está en juego no es solo una norma. Es un modelo de país. Y frente a eso, el silencio no es una opción.